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NUESTRA SUCESION APOSTOLICA! (REBIBA)
   
 
desde CARDENAL REBIBA
Todos los Apóstoles por igual, transmitían el orden sagrado del episcopado
La mayoría de ellos se ha perdido en los tiempos, algunas en las regiones del Asia menor y en especial en las Iglesia Ortodoxas siguen transmitiéndose con la constancia sucesoria fidedigna, tomándose todos los recaudos necesarios para no perderla ( Co-consagrándose con Obispos de constancia fidedigna comprobada)
En el occidente se ha comprobado y constatado la sucesión apostólica de diferente origen apostólico
( diferentes apóstoles) como ser de Santiago ( en el caso de España) y Pedro en Roma, muchas veces esas sucesiones se mezclaron con los Obispos Co-consagrantes, potenciando, si así se podría decir, dicha “legitimidad” de todar manera, en nuestro caso es una de las sucesiones apostólicas mas documentadas y
tomadas como de perfección en su forma.
Desde Pedro Apóstol hasta el Cardenal Rebiba existe constancia sucesoria fidedigna

LA SUCESIÓN APOSTÓLICA REBIBA
...El Cardenal SCIPOIN REBIBA consagró al Cardenal Santino el 12 de Marzo de 1566.
El Cardenal SANTINO Consagró al Cardenal Benninio el 7 de septiembre de 1586.
El Cardenal BENNINIO consagró al Cardenal San Vitale el 4 de Abril de 1604.
El Cardenal SAN VITALE consagró al cardenal Ludovisi el 7 de Mayo de 1621.
El Cardenal LUDOVISI consagró al cardenal Gaetani el 12 de Junio de 1622.
El Cardenal GAETANI consagró al cardenal Capegna el 7 de Octubre de 1630.
El cardenal CARPEGNA consagró al cardenal Altieri el 2 de Mayo de 1666.
El Cardenal ALTIERI consagró al cardenal Orsini el 3 de Febrero de 1675, Obispo de Roma (Papa Benedicto XIII en 1724).
El cardenal ORSINI consagró a Próspero Lorenzo LAMBERTINI el 16 de Julio, Obispo de Roma (Papa Benedicto XIV -1740).
El Papa BENEDICTO XIV consagró a Carlo della Torre Rezzonico el 19 de Marzo de 1743, Obispo de Roma (Papa Clemente XIII -1758).
El Papa CLEMENTE XIII consagró a Bernardino Giraud el 26 de Abril de 1767 (Cardenal en 1771).
El Cardenal GIRAUD consagró a Alexandre Mattheus el 23 de Febero de 1777 (Cardenal en 1779).
El Cardenal MATTHEUS consagró a Petrus Franciscus Galetti el 12 de Septiembre de 1819 (Cardenal en 1803).
El Cardenal GALLETI consagró a Jacobus Phillipus Fransoni el 8 de Diciembre de 1822 (Cardenal en 1826).
El Cardenal FRANSONI consagró a Carolus Sacconi el 8 de Junio de 1851 (Cardenal en 1861).
El Cardenal SACCONI consagró a Eduard Howard el 30 de Junio de 1872 (Cardenal en 1877).
El Cardenal HOWARD consagró a Mariano Rampolla, Marchese del Tindaro el 8 de Diciembre de 1882 (Cardenal en 1887).
El Cardenal RAMPOLLA DEL TINDARO consagró a Joaquim Arccoverde de Albuquerque Cavalcanti el 26 de Octubre de 1890 (Cardenal en 1905).
El Cardenal ALBUQUERQUE CAVALCANTI consagró a Sebastiaô Leme da Silveira Cintra el 4 de Junio de 1911 (Arzobispo en 1921).
El Arzobispo SILVEIRA CINTRA consagró a Carlos Duarte Costa el 8 de Diciembre de 1924.
El Obispo CARLOS DUARTE COSTA consagró a Luis Fernando Castillo Méndez el 3 de Mayo de 1948.
El Obispo LUIS FERNANDO CASTILLO MÉNDEZ consagró Luigi Máscolo 8 de MAYO de 1968
El Obispo LUIGI MASCOLO consagró a MORIZIO DOMINGUEZ el 6 de Julio de 1972
El Obispo MORIZIO DOMINGUEZ consagró a José Eugenio Tenca Rusconi. el 8 de diciembre de 1980
El Obispo JOSÉ EUGENIO TENCA RUSCONI Consagró a LUIS BERGONZI MORENO el 8 de Diciembre de 1995

Junto con todos los Obispos de las Iglesias Católicas Nacionales la mayoría de los Obispos de la Iglesia Católica Apostólica Romana se encuentran ordenados de esta sucesión Apostólica, no interrumpida en ningún momento.
En especial en nuestro país, la Argentina, casi el 100% siguen esta línea sucesoria de diferentes tramos de la misma.
Cabe acotar que, no importa para la validez de los sacramentos, la condición (#) del transmisor y receptor sino la Sana Intención Materia y Forma ( ceremonia), lo cual da la validez genuina de ellos, y esto es para TODOS los sacramentos, en el caso del orden sagrado es lo mismo, siempre y cuando la sucesión apostólica no se encuentre interrumpida para lo cual y para evitar que ello pase, siempre, se prevé co-consagrantes con su “linaje” demostrable.

A partir del Siglo II será el Obispo el que juega un papel esencial en la transmisión de la fe apostólica, ya que en el "se dá la sucesión apostólica" -nos enseña San Ireneo- y se conserva "la semilla apostólica" -nos dice Tertuliano-. A finales del siglo II se encuentra establecido el "episcopado monárquico" en la Iglesia, de forma que cada Iglesia Local estaba presidida y dirigida por un obispo.
Según la teología de Ignacio de Antioquía sobre el episcopado, el obispo es representante de Cristo e imagen del Padre; el obispo es garante de la unidad de la comunidad; la Iglesia aparece "bajo el episcopado del Padre" y el obispo viene a ser una especie de "sacramento de Dios".
A modo de ejemplo brindamos unos textos significativos: "Seguid todos al obispo como Jesucristo al Padre y al colegio de de los ancianos como a los apóstoles... Nadie haga algo referente a la Iglesia sin el Obispo. Sólo es fiable la Eucaristía con el obispo o su delegado el presbítero".

# “ CONDICION” hay que dejar en claro este termino aplicado a algo tan Sagrado como los sacramentos.
Los sacramentos instituidos por Nuestro Señor Jesucristo no pueden en ningún caso hacer acepción de personas ya que El mismo lo dejó en claro en la doctrina.

Administrados por el ministro encuadrado en el Sacramento SIEMPRE SON VALIDOS aunque vistos de diferente ángulo sectario pueden ser ilícitos; verbigracia: una persona bautizada por un Pastor luterano: ESTÁ BAUTIZADA! Y ese bautismo con las palabras enseñadas por Cristo en persona “Id y bautizad a todas las gentes en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo” dan la valides legítima del sacramento en toda la comunidad cristiana, llámense evangélicos o católicos “CISMÁTICOS”.
Aunque las diferentes ramas cristianas hacen una especie de “rebautizo” o “sanación sacramental” para que no quede dudas en las comunidades pero, si el sacramento fue administrado de acuerdo a la norma Sacramental no se repite su valor sino que, ante los feligreses, se afirma el mismo.
Del mismo modo el sacramento del orden sagrado si es administrado de acuerdo a Sana Intención Materia y Forma, tradicional con la línea sucesoria fidedigna, es TOTALMENTE VALIDO, aunque, se lo considere ilícito, en cuanto a su administración, por parte del que no se encuentre de acuerdo con esa porción de la Iglesia Católica Apostólica.
La EXCOMUNIÓN, tan mentada y/o temida por muchos, es solo la forma categórica de decir “ separación” de una de las facciones Humanas y no es de ningún modo “sacramental” ni lesiona el alma como un pecado.
La excomunión en la antigüedad era un arma de dominio de las jerarquías eclesiásticas, por medio de la cual quitaban la obediencia a los gobernantes de parte de porciones del pueblo, incitando a la rebelión. Lógicamente la rebelión era siempre encabezada por adictos a dichas jerarquías.
El “Cisma” no invalida Sacramentos ya que ellos imprimen carácter en el alma por lo cual los mismos, aunque proviniendo de “cismáticos” son ilícitos, según ángulos y puntos de vista, pero NUNCA INVALIDOS.